Corte rechaza recurso y confirma condena por usura


La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que condenó a a Víctor Hilario Riveros Aguilera, a la pena de dos años y ochenta y ocho días y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de dos delitos de usura perpetrados en contra de Beatriz Burgos Chiriboga y Ximena Chávez Paredes, en esta comuna en los años 2008 y 2009, respectivamente.
El tribunal –integrado por los ministros Darío Silva Gundelach, Guillermo Arcos Salinas y Christian Hansen Kaulen–,  en su dictamen señaló que los hechos establecidos son calificados de dos delitos de usura, del que el acusado Víctor Hilario Riveros Aguilera es autor. “Se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Giovanni Lorenzo Gotelli Méndez, en representación del condenado Victor Hilario Riveros Aguilera, contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, de trece de junio último, declarándose que ella y el juicio oral en que recayó, no son nulos”, señala el fallo.
La resolución de primera instancia dio por acreditado que en el mes de mayo del año 2009 el imputado otorgó a Ximena Chávez Paredes un préstamo de $2.500.000, que debía pagar en un plazo de 5 meses, con una tasa de interés del 20% mensual, es decir, cancelando en total la suma de  $ 5.500.00 Asimismo Riveros Aguilera le exigió a Ximena Chávez en garantía del préstamo, la firma de una escritura de un casa con la posibilidad de retroventa, inmuebles que luego fue vendido a una tercera persona.
Además se acreditó que  en abril de 2008  el imputado otorgó a  Beatriz Angélica Burgos, un préstamo a Riveros Aguilera, por la suma de $2.000.000 a una tasa de interés superior al 50% y solicitando además como garantía una casa respecto de la cual se constituyó una hipoteca  disfrazando una operación que le significó a la víctima un pago total de  $ 9.100.00, es decir una tasa de interés superior al 350%

En esa oportunidad además  el tribunal absolvió a Riveros Aguilera por su participación en otros cinco delitos similares. En relación a esto, el tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Mario Patricio Ruiz Zurita y Daniel Ruiz Silva, en representación de la querellante Carmen Patricia Quezada Vásquez, contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, de trece de junio último, declarándose que ella y el juicio oral en que recayó, no son nulos.

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