(ACTUALIZADA) Suprema confirma devolución de sueldos percibidos

Por alcaldesa y concejal de San Fabián, ambos suspendidos

El municipio de San Fabián debe exigir a la alcaldesa de San Fabián, Lorena Jardua y al concejal Juan Parada Fuentes que restituyan los sueldos percibidos a partir de cuando ambos fueron sometidos a proceso en el caso "acarreo electoral".
Antes la Contraloría ya había señalado esta situación y había indicado que los dineros percibidos debían ser restituidos, pero la alcaldesa Jardua prefirió recurrir ante la Corte Suprema por esta situación, máximo tribunal que respaldó, no solo lo señalado por la Corte de Apelaciones, sino también lo dichos por la Contraloría.
Se confirma la resolución apelada de veintitrés de diciembre de dos mil quince, dicta el fallo Nº 56-2016 del pasado 26 de enero de 2016. Fallo que fue pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Pedro Pierry A., Rosa Del Carmen Egnem S., Maria Eugenia Sandoval G. y los Abogados (as) Integrantes Jaime Del Carmen Rodríguez E., Juan Figueroa V.
Esta resolución confirma lo dictado por la Contraloría el 03-12-2015, donde ordena al municipio de San Fabián "adopte las medidas tendientes a exigir la restitución de las mismas".
Los sueldos que percibieron ambos, la alcaldesa y el concejal, desde el 31 de julio del 2015 hasta el 06 de enero del presente año deberán ser restituidos en las arcas municipales de San Fabián de Alico.
Como se ha informado, la alcaldesa fue acusada por la Fiscalía de incitar a electores a proporcionar un domicilio falso de manera de sufragar en su favor y de ese delito están también imputadas otras tres personas.
La alcaldesa de San Fabián, Lorena Jardua se contactó con San Carlos online para manifestarnos que el fallo de la Corte Suprema (señalado en esta noticia) no se refería al tema de las devoluciones de sueldos. Sobre dichas devoluciones agregó que si devolverá los dineros una vez que sea notificada correctamente (lo que no ha ocurrido aún) y cuando la Contraloría le determine la forma, nos dijo.
Respecto de la información, indicó que si bien el contexto es el juicio por todos conocidos, su recurso hacía referencia a que no se había considerado la jurisprudencia de un fallo del tribunal constitucional.
En todo caso el recurso no fue acogido por el tribunal supremo.
Finalmente Lorena Jardua comprometió una entrevista de su asesor legal, para aportarnos mayores detalles sobre su versión referente a esta noticia.

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