Quienes trabajen tienen derecho a 2 horas para ir a votar


Seremi del Trabajo explicó normativa y deber de empleadores.- 

Todos los trabajadores que deban laborar este domingo 23 de octubre, días de elecciones municipales, tienen el derecho de que sus empleadores les den un permiso de 2 horas para ir a votar; el que debe ser aparte del tiempo que tiene asignado para almorzar. Así lo explicó hoy la secretaria regional ministerial del Trabajo, Victoria Fariña Concha, agregando que esta disposición busca que todos los chilenos voten, "pues es un derecho republicano que ojalá todos ejerzan en el marco de su voluntariedad".
La autoridad regional aclaró que estas dos horas no deben ser descontadas de ninguna manera por otros descansos ni por parte de las remuneraciones. "Es un derecho exclusivo para votar, aparte de cualquier otro acuerdo de descanso o salarial", señaló la seremi. Añadió que para el caso de los vocales de mesa o miembros de la Mesa Receptora de Sufragios, el empleador está obligado a darle el día libre para ejercer esa obligación, también sin la posibilidad de ser descontado de días de descanso ni de remuneraciones.
De no cumplirse esta norma, el trabajador, organización sindical o cualquier persona puede denunciar el hecho al teléfono de la Dirección del Trabajo, 600 450 4000; o al día siguiente en la Inspección del Trabajo o el Juzgado de Policía Local que corresponda.
En el caso de ser sancionado por alguna de estas causales, la multa por no dar permiso de dos horas a los trabajadores y trabajadoras o el día completo al vocal de mesa es de hasta $1.840.000; mientras que impedir la asistencia a la Mesa Receptora de Sufragios la pena puede llegar a presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a tres años).
Respecto del comercio, Victoria Fariña informó que el único tipo de comercio que no debe abrir el domingo es aquel denominado centro o complejo comercial, incluyendo a todos los locales que estén bajo la administración de ese centro comercial. Es decir, no pueden abrir las puertas principales ni los locales asociados de malls, vegas, galerías, entre otras reparticiones que funcionen bajo el alero de una misma razón social.
"Distinta es la situación de tiendas por departamento, por ejemplo, que no estén dentro de un mall y cuyos accesos sean independientes y den directamente a la vía pública", aclaró la seremi del Trabajo.

Por lo tanto, los trabajadores de ese tipo de comercio descansan ese día de elecciones. Los otros trabajadores del comercio y los trabajadores en general pueden trabajar, según las reglas y derechos normales de cualquier domingo.
La multa por abrir en este feriado electoral es de hasta $2.760.000.

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