Ex-Dignidad: Corte Suprema validó cobranza de millonarias indemnizaciones

Publicado: Martes, 21 Marzo 2017 07:05 Escrito por Diario El Centro
A favor de niños de víctimas de abusos sexuales y violaciones cometidas por Paul Schäfer

Sentencia definitiva e inapelable obliga a la Inmobiliaria Bergnaustadt Limitada a cancelar los montos fijados por el máximo tribunal como reparación por daño moral

En fallo unánime, la primera sala de la Corte Suprema respaldó una sentencia decretada por la Corte de Apelaciones de Talca en el denominado Caso Dignidad, rechazando un recurso de casación y ordenando a la empresa Inmobiliaria Bergnaustadt Limitada a pagar millonarias indemnizaciones.

Se trata de montos validados por la misma Corte Suprema y que benefician a todos los niños chilenos que fueron objeto de abusos sexuales y violaciones perpetradas por Paul Schäfer, secundado por ayudistas chilenos y alemanes del enclave germano, los cuales a la fecha cumplen condena en la cárcel de Cauquenes.

La sentencia, que lleva la firma de los ministros Héctor Carreño, Guillermo Silva, Rosa María Maggi y Juan Eduardo Fuentes, junto al abogado integrante, Jorge Lagos, fue dictada en el contexto de un juicio de desposeimiento donde, finalmente, se reconocieron los derechos de las diez familias de víctimas.

"ACREEDORES HIPOTECARIOS"
Fue el año 2013 cuando la Corte Suprema confirmó la sentencia condenatoria para Schäfer y toda la cúpula de jerarcas alemanes y ayudistas chilenos. Desde aquella fecha, el pago de las indemnizaciones se encuentra pendiente, luego que las empresas ligadas a la excolonia interpusieran numerosas acciones legales.

En este punto específico, la sentencia de la Corte Suprema confirma los derechos de los demandantes sobre cuatro terrenos de la excolonia, todos los cuales fueron hipotecados a favor del Fisco y de las víctimas, antes del fallo del máximo tribunal que, en la arista penal, condenó a 16 exmiembros del enclave alemán."Los demandantes tienen cada uno de ellos la calidad de acreedores hipotecarios, pudiendo perseguir las fincas hipotecadas para el pago de los créditos de que son titulares, en virtud de los títulos fundantes de la ejecución, pudiendo optar por reclamar su cobro o no hacerlo", establece el fallo del máximo tribunal.

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