Proyecto de torres de alta tensión del Punilla deberá presentar Estudio Ambiental

Publicado: Martes, 28 Marzo 2017 07:07 Escrito por Mario San Martin
El Servicio de evaluación ambiental declaró insuficiente una declaración de Impacto ambiental (DIA) como presentación para

llevar adelante el proyecto de instalación de torres de alta tensión en la zona de San Fabián y señaló que tal proyecto debe presentar un Estudio de impacto ambiental (EIA).

El proyecto "Línea de Transmisión 1x220 kV Punilla - San Fabián", Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje, fue presentado el pasado 20 de enero de 2017 ante el Servicio de Evaluación Ambiental, por Corrado Fabbrien en representación de Astaldi Concessioni S.R.L. Agencia en Chile.

Se trata de la construcción y operación de la infraestructura necesaria para transmitir e inyectar al Sistema Interconectado Central (SIC) la energía que generará la futura central Embalse Punilla, mediante el empleo de una línea de transmisión eléctrica de simple circuito de 220 kV y de 23 km de longitud aproximadamente.

Se proyecta que la línea sea emplazada específicamente entre la subestación eléctrica del futuro embalse Punilla y la subestación San Fabián, al norte del río Ñuble y la ruta N-31; y considera la construcción de 70 (torres) estructuras metálicas, autosoportadas, con alturas entre los 25,88 y 50,48 metros. De acuerdo a lo indicado por el titular más de dos tercios del trazado del proyecto se encuentran insertos dentro de la Zona de Interés Turístico (ZOIT) Cordillera de Chillán – Laguna del Laja.

La superficie que ocupará la Línea de Transmisión se ha estimado en 92 hectáreas, considerando un ancho de faja de 40 metros, es decir 20 metros a cada lado del eje del trazado proyectado (23 km). Adicionalmente, el proyecto considera habilitar un total de 5,9 km de caminos de acceso a las distintas torres de los cuales 3,4 km corresponden a caminos existentes y 2,5 km a caminos proyectados, por lo que el área a intervenir por éstos últimos es de 1 hectárea y la superficie que utilizará la obra temporal para la construcción del Proyecto, la instalación de faena, será de 1 hectárea.

Las acciones necesarias para llevar cabo la construcción del proyecto, tienen relación principalmente con el montaje de las torres de alta tensión, tareas tales como despeje de terreno, excavaciones, fabricación de bases de hormigón, montaje de la estructura metálica, construcción de caminos de acceso (cuando corresponda) y tendido de los cables, entre otros. Adicionalmente será necesario implementar una Instalación de Faena como obra temporal durante la construcción, la cual contará con todas las instalaciones necesarias para servir tanto a los trabajadores, como a las obras de construcción destacando comedor, baños, bodegas de almacenamiento temporal de residuos (domésticos; industriales no peligrosos; peligrosos), área de mantención, grupo electrógeno, estanques de agua potable, fosa séptica, entre otros. Para el caso de la fase de operación, no requiere de operación directa, limitándose sólo a las actividades de mantención de sus diferentes componentes.

La Resolución Exenta Nº 102 del SEA da término anticipado al proyecto presentado por la empresa Astaldi por falta de información relevante y esencial que se considera necesaria para un correcto análisis de los efectos y características del proyecto presentado. Además, se indica que, debido a las características del proyecto, debe presentarse como Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Estar emplazado en un área protegida y generar afectabilidad o daño a los recursos naturales renovables, al paisaje y al medio humano, son los argumentos de base de esta decisión.
Desde el municipio se indicó que, por haberse dado término anticipado al proyecto, no prosigue la solicitud de participación ciudadana presentada por organizaciones y vecinos con el apoyo municipal.

Sin embargo, la empresa Astaldi puede reingresar el proyecto, por el mismo trazado u otro, bajo la nueva condición de Estudio de Impacto Ambiental (EIA) lo que establece desde ya, la participación ciudadana, y en donde el municipio deberá nuevamente pronunciarse al respecto.

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