"Quien saca aguas sin el derecho a sacarla tiene sanciones mínimas'

Publicado: Sábado, 06 Mayo 2017 07:00 Escrito por El Divisadero
Funcionario conoció en terreno el avance de la unidad de glaciología y conversó sobre las modificaciones del Código de Aguas.

De visita por la región, el director de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, Carlos Estévez Valencia, conversó con diario El Divisadero sobre su estadía en Aysén y cómo avanza el controversial proyecto de reforma al Código de Aguas.

Estévez destaca entre sus propósitos de la visita a la región, la revisión en terreno de la campaña de la unidad de glaciología, donde ya se están realizando mediciones de glaciares e instalando cámaras para medir su movimiento.
“La gran mayoría de la glaciares del planeta se encuentran en el hemisferio norte, sin embargo los glaciares continentales que existen en el hemisferio sur, si uno excluye Nueva Zelandia, todos ellos están en Sudamérica, y el 80% de ellos están en Chile. Y el 43% está en la región de Aysén” dice Estévez.

Cabe recordar que en Chile son cerca de 24.114 los glaciares que contabilizan en la DGA, manejando señalan, pocos antecedentes sobre los volúmenes. “No hay mucha información sobre la profundidad, para conocer el volumen de hielo que tienen”.

Reformas al Código de Aguas
“Es un deber del Estado proteger este bien nacional de uso público, posibilitando el aprovechamiento del recurso por un lado, pero permitiendo también la sustentabilidad y que nuestros hijos y nietos tengan derecho a tenerlo” dice Estévez.

Respecto a las modificaciones del Código de Aguas, el director explicó que son puntos anunciados en la primera Cuenta Pública del segundo periodo de la presidenta Michelle Bachelet y que buscan equidad en el uso del recurso.
“Lo que busca es un balance en la gestión hídrica. El código de 1981 tiene elementos positivos porque potencia la función productiva del agua, pero lo que nos preocupa es que si tu potencias la función productiva y no tienes a la vista otras funciones que son esenciales, puedes tener importantes desbalances” dice.
“Quien saca aguas sin tener el derecho a sacarla tiene sanciones mínimas” explica Estévez quien agrega que con las modificaciones se establecen tipos de sanciones, terminando con la aplicación de las sanciones por parte de los tribunales, dejando ahora al propio servicio en esta tarea.

“Es el propio servicio que hace un informe técnico con una propuesta de sanción. Y el titular tiene dos opciones. Puede pagar por la sanción o puede pedir una reconsideración dentro del servicio y en caso que lo considere pertinente, una reclamación a la Corte de Apelaciones” finaliza el director de la DGA.

La reforma mantiene la condición de indefinidos de derechos vigentes y los nuevos serán de hasta 30 años prorrogables

El Director General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, aclaró que en uno de sus principales aspectos, la reforma consagra el derecho humano de acceso al agua y al saneamiento. “El derecho al saneamiento es independiente al derecho humano al agua, tiene que ver con la higiene, con el derecho de la persona de evacuar las fecas a través del agua y que no se mezclen en su vida cotidiana”, aclaró.
Por eso, sostiene Estévez, que el derecho a la propiedad no puede estar por sobre el derecho a la vida, ejemplo de ello, es que el derecho humano de acceso al agua fue consagrado el 2010 por la Organización de las Naciones Unidas, declaración que Chile suscribió.

Añadió que también destaca la preservación del ecosistema, tema que es preocupación de esta reforma, prohibiendo la entrega de derechos de aprovechamiento de agua en glaciares y áreas declaradas bajo protección de la diversidad.

“El que quiera producir con las aguas, tiene que entender que sus hijos y nietos no podrán contar con este recurso si uno lo destruye o contamina, o cuando la explotación excede los límites y afecta el balance de recarga natural de los acuíferos. La reforma al Código de Aguas mantiene la condición de indefinidos de los derechos vigentes y los nuevos serán de hasta 30 años prorrogables”, detalló.
Es más, explicó que el Ejecutivo envió una indicación en que lo explicita, pero sí deja claro que las normas de caducidad y extinción de los derechos que no se aprovechen y se mantengan ociosos, aplicarán a derechos antiguos y nuevos”, destacó Estévez.

El proyecto de ley establece un régimen de caducidad y extinción para los derechos de aprovechamiento de aguas que no se utilizan, para que éstos sean devueltos a la sociedad y redistribuidos a quienes sí lo necesiten.
“Por ejemplo, si una futura hidroeléctrica pide derechos no consuntivos en gran parte de los ríos, no hace las obras de aprovechamiento y pasan 10 años, la reforma dice cuidado, le vamos a extinguir esos derechos, evalúe sus circunstancias, primero le cobraremos patente por no uso”.

En el caso de los derechos consuntivos, si transcurridos 5 años y el titular no construye la bocatoma o canal, o en el caso de aguas subterráneas no hace el pozo o no instala la motobomba, se extingue el derecho. A menos que pueda probar que el retraso se debe a que está tramitando un derecho en la DGA o DOH, y en ese caso, se suspende el cómputo del plazo hasta 4 años.

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