Salud prohíbe funcionamiento a local de comidas

By Mario San Martin   Julio 27, 2018 La autoridad sanitaria de Ñuble prohibió el funcionamiento de un local de venta de comida ubicado

en calle Libertad 379 en Chillán, por presentar anomalías sanitarias, entre ellas, presencia de aguas servidas en zona de almacenamiento de alimentos y fecas de roedores. 

En el local se constituyeron fiscalizadores de la Unidad de Seguridad Alimentaria de la autoridad sanitaria, quienes junto a la delegada ministerial de Salud, Marta Bravo, procedieron a poner el sello de prohibición de funcionamiento, el cual está prohibido sacar, mientras no se subsanen las irregularidades detectadas y que dieron origen a dos sumarios sanitarios. 

“Es una medida decretada para proteger a la población de posibles enfermedades entéricas y nuestra labor apunta precisamente a que respeten las condiciones sanitarias mínimas establecidas en el Decreto Supremo 977, Reglamento Sanitario de Los Alimentos. Aquí hay filtración de aguas servidas y el sistema de alcantarillado no es el correcto”, se explicó, agregando que en lo que va del año se han realizado en Ñuble 262 fiscalizaciones a restaurantes y 1.563 a locales de venta de alimentos, en las 21 comunas. 

“Estas fiscalizaciones en materia de seguridad alimentaria durante 2018 dan cuenta de un total de 52 sumarios sanitarios. De estos, 19 corresponden a Chillán, con 4 prohibiciones de funcionamiento”, se informó. 

Los procesos de inspección se centran en velar por el cumplimiento del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales y de Seguridad Básicas en lugares de uso público, además del cumplimiento del Reglamento Sanitario de los Alimentos; con el objetivo de evitar enfermedades entéricas y disminuir brotes de enfermedades transmitidas por alimentos, fundamentado en la promoción de la higiene de las personas, la higiene de los alimentos, del medioambiente y agua. 

En materia de alimentos se evalúan condiciones sanitarias de zonas de almacenamiento, manipulación y preparación de alimentos, además de verificar medidas de prevención en el expendio y en los locales de elaboración, donde se comprueba que los establecimientos cuenten con autorización sanitaria para su funcionamiento, que respeten las condiciones sanitarias mínimas establecidas en Reglamento Sanitario de Los Alimentos. (D.S. 977/96), que los platos elaborados estén previamente cocidos y las materias primas demuestren procedencia conocida, que el almacenamiento conserve la cadena de frío, previniendo riesgo de contaminación cruzada; que la estructura, maquinaria y mobiliario que entre en contacto con alimentos estén en óptimas condiciones de higiene; además de que se cumpla el Sistema de control de calidad denominado “Buenas Prácticas de Manufactura”, entre otros requerimientos.

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