LOCAL .- By Mario San Martin Abril 22, 2019 Una de las estrategias del alcalde desde San Carlos en el juicio por destitución que se le sigue ante el Tribunal Electoral Regional es buscar argumentos para dilatar este juicio que debía continuar el próximo día 26, pero que ha sido pospuesto nuevamente y esta vez el lunes 6 de mayo se iniciarán los alegatos.
Estando en esta parte del juicio el demandado solicitó una nueva postergación de la causa la cual le fue denegada por los integrantes del TER y, como se esperaba apeló ante el Tricel en Santiago, cuyo Tribunal accedió a otorgarle una semana más de plazo para que reúna sus antecedentes.
Este juicio se encuentra en la parte probatoria, habiéndose establecido que de las 18 imputaciones fueron acogidas 17, y sobre estas deberá desarrollar esta etapa, para lo cual se presentarán las acusaciones por parte de quienes piden la destitución y los descargos por parte del alcalde acusado, como también deberán prestar declaraciones los testigos de ambas parte.
Fuentes jurídicas han señalado a San carlos On Line que una de las características de este juicio es que las partes pueden, las veces que estimen necesario, pedir suspensión de la causa o ampliación de plazos, lo que resulta también una medida dilatoria, como pareciera ser en este caso, y por otro lado, trae consigo el natural malestar de quienes ven sobrepasadas sus decisiones.
La causa tiene el rol 6.802-2018 caratulada: " Flores Rodríguez, Lucrecia y Otros, Concejales de la Comuna de San Carlos con Gebrie Asfura, Hugo Naim, alcalde de la Comuna de San Carlos" y en ella actúan los abogados, Rodrigo Flores Osorio que defiende al requerido, en tanto que el abogado Francisco Santibáñez, a los concejales demandantes.
Como se ha informado los ediles Lucrecia Flores (PS), Mario Sabag (DC) y Jorge Silva (UDI) recurrieron ante el Tribunal Electoral Regional, luego de conocer una serie de irregularidades e informes finales de la Contraloría General de la República, pidiendo la cesación del cargo del alcalde, de Hugo Gebrie Asfura, por notable abandono de deberes o contravención grave a las normas sobre probidad administrativa. En la ocasión la Contraloría estableció que la autoridad había transgredido las normas que regulan el funcionamiento municipal, por lo que se le aplicó la medida disciplinaria del 20% de su remuneración mensual según los artículos 51 y letra C del Artículo 60 de la ley 18695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y como lo instruyó la Contraloría en la resolución exenta 1.792 del 2018.
Compras irregulares de terrenos, contrataciones de familiares de su pareja y pagos de indemnizaciones por acoso laboral y vulneración de derechos fundamentales, son entre otros los puntos en que se basa el requerimiento de los concejales y que deberá responder el alcalde Gebrie a través de sus medios de prueba y testigos.